Las familias de las víctimas del vuelo JK5022, indemnizados con 600.000 €

La Audiencia de Barcelona descarta el baremo de tráfico, que imponía sólo un pago de 350.000 euros para los familiares de un fallecido en el accidente de Spanair

Los familiares de las víctimas del accidente del vuelo JK5022 de Spanair ganan una importante batalla en los juzgados. Es la primera sentencia de una Audiencia Provincial sobre las indemnizaciones tras la catástrofe y ha sido recibida con optimismo por los demandantes. Ocho años después del accidente, la Audiencia de Barcelona ha dictado un pago de 600.000 euros para el entorno de los fallecidos.

Hasta ahora, la justicia ordinaria había aplicado el baremo de tráfico, con una compensación inferior. Ahora, la Audiencia de Barcelona ha decidido aparcar esta escala y aplicar el Convenio de Montreal, con indemnizaciones mayores para los familiares de los 154 fallecidos en el Aeropuerto de Barajas, informa la Cadena SER.

El primer fallo contradice al juzgado de lo mercantil número 8 de Barcelona, que obligaba a Mapfre a pagar una compensación de 350.000 euros para la hermana y los padres de uno de los muertos. En la sentencia, además, el magistrado lamentaba la falta de «una normativa especifica para accidentes aeronáuticos». El recurso, pero, ha sido estimado y ha atendido al reglamento comunitario.

«No podemos compartir que el criterio objetivo al que acudir sea precisamente el baremo del automóvil porque existe otro más próximo y valioso», ha señalado la sala. El Convenio de Montreal «también es un baremo legal y su aplicación es obligatoria y no un mero criterio de interpretación legal como constituye el baremo del automóvil cuando se pretende que sea aplicado fuera de su ámbito estricto y objetivo de aplicación», ha añadido.

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