Tras el fallo contra Uber, ¿es el turno de Airbnb?

La sentencia de la TJUE contra Uber puede sentar un precedente para otras plataformas de economía colaborativa

El fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) contra Uber agitó el sector de la economía colaborativa. La sentencia califica a la plataforma como una empresa de transportes y no como un mero intermediario del servicio.

Para el TJUE, Uber también regula la oferta y demanda de la prestación y lleva el peso de establecer las condiciones del servicio que ofrecen los conductores.

Tras el fallo, las miradas se volcaron a otro gigante de la economía colaborativa: Airbnb. La startup se ha convertido en la empresa líder en gestionar alojamientos de usuario a usuario (aunque ahora también incluye hoteles), seguido por otras plataformas como Home Away, Rentalia, Apartur, etcétera. De ser una pequeña empresa tecnológica nacida en 2008, una década después su valor de mercado es de 31.000 millones de dólares.

Ser o no ser un intermediario

Para Mayo Fuster, profesora de la UOC y directora del grupo de investigación Dimmons, la resolución del TJUE puede servir de precedente para Airbnb y otras empresas similares porque estas plataformas no son mero intermediarios, sino que se reconocen “como parte decisiva del negocio”, aunque con una diferencia: “la importancia que tiene Uber como actor para que se pueda realizar el negocio es mayor que la que tiene Airbnb”.

Dicho de otra forma: los conductores ofrecen un servicio bajo el ámbito de una plataforma, así como en el caso de Glovo o Deliveroo, se necesita de los ‘riders’ para cumplir la prestación. En el caso de Airbnb, dice Fuster, “no es una plataforma de intercambio de servicios, sino de objetos”, que en su caso serían propiedades. A lo sumo, se puede señalar a la oferta de Airbnb Trips, donde el usuario puede contratar excursiones por una ciudad, clases de gastronomía u otras actividades personalizadas.

La patronal hotelera reclama que Airbnb sea considerada como una empresa turística

Para Albert Cañigueral, fundador de Consumocolaborativo.com y miembro del think thank Ouishare, el fallo no tendría un efecto de importancia sobre Airbnb “porque la relación de la plataforma con los usuarios es diferente al nivel de control del servicio”. Según este experto en plataformas económicas, la sentencia del TJUE apunta a la relación laboral de las personas que trabajan bajo Uber, ámbito que no tiene una correlación similar en Airbnb.

¿Dónde debe operar?

Fuster destaca que la sentencia comunitaria insta que Uber tiene que regularse bajo los sectores que opera. Que Airbnb y otras plataformas sean consideradas como empresas turísticas es un viejo reclamo de diversas patronales hoteleras.

La Cehat (Confederación Española de Hoteles y Alojamientos Turísticos) dijo que la sentencia abre la puerta “hacia la regulación eficiente del alojamiento en viviendas privadas”. La patronal considera que las plataformas deben seguir el camino de Uber, porque estiman que no son intermediarios ya que usan herramientas de promoción y clasificación, ofrecen garantías y servicios como seguro y métodos de pago, y actúa como agente de cobro con la ganancia de una comisión.

“Dada la ausencia de neutralidad, deberían estar sometidas a las normas que rigen al sector turístico español”, indican.

Este es el criterio de la Comunidad de Madrid, que en su proyecto del nuevo decreto de viviendas turísticas ha considerado a las plataformas como empresas turísticas, y como tales, se someten a la Ley de Ordenación del Turismo.

El nuevo texto madrileño establece que Airbnb y otras empresas similares deben controlar que las propiedades estén registradas en la Comunidad, y en caso de falta muy grave, la sanción puede llegar a los 300.000 euros.

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