Mapfre pide una aclaración de la sentencia del accidente de Spanair

La aseguradora solicita que se tome en cuenta el baremo de tráfico para calcular las indemnizaciones y no el Convenio de Montreal, "inaplicable a escala nacional"

La primera victoria judicial todavía está pendiente de rúbrica. La Audiencia Provincial de Barcelona fue clara: los familiares de las víctimas en el accidente del vuelo JK 5022 de Spanair tienen derecho a una indemnización de 600.000 euros. El agujero para Mapfre, la aseguradora encargada de desembolsar la cantidad, es considerable, por ello ha solicitado una aclaración de la sentencia.

Hasta ahora, los juzgados mercantiles habían utilizado el baremo de tráfico para dictaminar las compensaciones para el entorno de los fallecidos y heridos. Al no existir una legislación propia para catástrofes aéreas, es la de automóviles la que han elegido la gran mayoría de magistrados.

Sin embargo, la sala de la Audiencia ha aplicado el Convenio de Montreal, que hace escalar el subsidio desde los 350.000 euros a los 600.000. “El texto no es válido para vuelos domésticos, pues se debe aplicar la normativa del país”, denuncian desde la aseguradora.

El Convenio de Montreal «también es un baremo legal y su aplicación es obligatoria y no un mero criterio de interpretación legal», señala la Audiencia Provincial

Mapfre ha pedido una aclaración de la sentencia para decidir si recurre o no el fallo de la Audiencia. La decisión podría llegar sobre el otoño, señalan fuentes del sector.

«No podemos compartir que el criterio objetivo al que acudir sea precisamente el baremo del automóvil porque existe otro más próximo y valioso», señaló la sala. El Convenio de Montreal «también es un baremo legal y su aplicación es obligatoria y no un mero criterio de interpretación legal como constituye el baremo del automóvil cuando se pretende que sea aplicado fuera de su ámbito estricto y objetivo de aplicación», añadió.

La parte perjudicada, en cambio, argumenta que el baremo de tráfico se ha convertido en un sistema ya establecido. «Incluso para los accidentes laborales, que tampoco tienen una legislación propia, se aplica», comparan. Y rematan: «Además, los magistrados pueden jugar con las cantidades y sumar porcentajes a las cifras que teóricamente corresponderían a los afectados». 

a.
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