Bruselas avala que las aerolíneas cobren un recargo por facturar maletas

El Tribunal de la Unión Europea da la razón a Vueling tras la denuncia que interpuso una pasajera en 2010; La sentencia señala que el equipaje no puede considerarse obligatorio o indispensable

Viajar en avión llevando maletas no tiene que ser «obligatorio o indispensable para el transporte» y por ello, las compañías aéreas están en su derecho de cobrar un recargo por el equipaje. Esa la esencia de la sentencia que ha emitido este jueves el Tribunal de la Unión Europea, que desestima así una denuncia presentada por una pasajera en 2010 contra de Vueling.

El origen del pleito fueron los 40 euros que la señora de la aerolínea española pagó hace cuatro años además de los 241 euros que desembolsó por cuatro billetes de avión. La clienta consideró que la facturación de 10 euros por maleta ida y vuelta era abusivo.

El caso enfrentó en los tribunales a Vueling con el Instituto Galego de Consumo, que atendiendo la queja de la clienta, impuso una multa a la compañía de 3.000 euros. Pero el TUE ha reconocido que el recargo es legal.

Eso sí, la justicia europea subraya que el equipaje de mano sí es un «elemento indispensable» y por tanto «no puede ser objeto de un suplemento de precio».

El recargo de las maletas facturadas es una opción que las aerolíneas aplican según su criterio. Así, los clientes que en este momento quieran comprar un billete con Easyjet pagarían un recargo de 44 euros, mientras que la facturación con Ryanair puede costar entre 25 y 50 euros en función de los kilos que se transporten.

Otras aerolíneas como Swiss Air sólo obligan a pagar por cada maleta a partir de los 23 kilos de la primera unidad en caso del que pasajero viaje en clase económica. En el resto de categorías, aplican otros criterios.

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