El juez imputa a la ex cúpula de Adif por el accidente de Angrois

El magistrado llama a declarar a once exdirectivos “a los que puede atribuirse un delito contra la seguridad colectiva”. Critica al gestor de infraestructuras ferroviarias por preocuparse más de publicitar el logro de la alta velocidad que por la seguridad del tramo

Un auto demoledor que llega apenas unas semanas antes de que el juez Aláez, que instruye la investigación por el accidente del Alvia, materialice el traslado al Juzgado de lo Penal de la capital gallega y asuma la causa Andrés Lago Louro. El último pronunciamiento de Aláez llevará a declarar a la antigua cúpula de Adif, once exdirectivos, a los que el magistrado considera responsables de la insuficiente seguridad en Angrois y, por tanto, de un posible delito “contra la seguridad colectiva”.
      

 
«Son esos responsables de Adif los que ordenan ejecutar un novedoso y complejo enlace ferroviario que no tiene las medidas de seguridad suficientes», profundiza el auto

 
El juez va más lejos. Critica al gestor de infraestructuras ferroviarias y a su antigua cúpula por preocuparse más de publicitar el logro de la alta velocidad que por la seguridad del tramo donde descarriló el tren el pasado 24 de julio, provocando la muerte de 79 personas. Se reafirma en que la curva de A Grandeira estaba dotada con una seguridad “insuficiente”, al no contar con el sistema de control europeo ERTMS, y que la solución adoptada como recambio “puede ser tachada de ilegal”.

En sus conclusiones, el titular del juzgado número 3 de Santiago, que ya había imputado en su momento a la dirección de Adif, se basa en los informes preliminares entregados por cuatro peritos respecto a la seguridad de la curva de A Grandeira. A su juicio, los resultados de los peritajes «acarrean una provisional atribución de responsabilidades penales a determinadas personas de Adif responsables de la seguridad en la circulación ferroviaria como potenciales autores de un delito contra la seguridad colectiva” y “partícipes en los delitos de homicidio y lesiones”.

Por este motivo, llama a declarar como imputados al expresidente del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (Adif) Antonio González Marín, al exdirector de Seguridad en la Circulación Andrés Cortabitarte López y a nueve miembros del consejo de administración del organismo cuando se abrió la línea Ourense-Santiago.

«Son esos responsables de Adif los que ordenan ejecutar un novedoso y complejo enlace ferroviario que no tiene las medidas de seguridad suficientes», profundiza el auto. Y es que Aláez critica con dureza que el tramo del descarrilamiento no estuviese dotado con el sistema de control de velocidades de máxima seguridad.

«Se ha incrementado el riesgo de forma muy significativa, pues al eliminar la implantación del sistema de supervisión continua, el ERTMS, en esos kilómetros en que se integra la curva de A Grandeira –donde se produjo el descarrilamiento–, no se ha dado a la situación de riesgo originada una solución adecuada», enfatiza.

Solución “ilegal”

Pero no acaban en la omisión las críticas del magistrado, que también considera errónea e irregular la solución adoptada para el enlace ferroviario en ese punto. Lo dice claramente en el auto: «la solución adoptada para garantizar la seguridad en ese tramo puede ser tachada de ilegal a la par que insuficiente».

Para explicar esta conclusión, señala que “es una medida específica para una línea de alta velocidad que se aplica a un trayecto que no dispone de un sistema de explotación propio de las líneas de tales características, el ERTMS o similar”. También aclara que relegó el control de velocidad a los maquinistas “ya que en los instrumentos básicos de su trabajo, que son el libro horario y cuadro de velocidades máximas y la señalización en la vía, se le dan indicaciones imprecisas y contradictorias (…)», afirma.

Campaña publicitaria

Aláez considera que se produjo una “clamorosa infracción” de la normativa y reprocha a los responsables de Adif de acelerar las obras a cambio de rebajar la seguridad: «Se trataba de publicitar, transmitir, a la sociedad el logro de la prometida llegada de la Alta Velocidad a Galicia, con la adelantada apertura de una nueva conexión ferroviaria entre Ourense y Santiago de Compostela que redujese los tiempos del viaje entre ambas ciudades», asevera.

En este sentido, señala que «un obstáculo a ese objetivo era su construcción en ancho universal, por las demoras que ocasionaban las operaciones o maniobras que había que hacer en los cambiadores de ancho». «Y para superar ese obstáculo no se dudó, presumiblemente, en tolerar el incremento de riesgo que conllevaba el recorte de la implantación del sistema ERTMS desde la estación de Santiago hasta unos kilómetros antes (…)», censura.

Declaraciones

Por estos motivos, el juez llama a declarar el día 22 de mayo al exdirector de Seguridad en la Circulación, Andrés Cortabitarte López; el 23 de mayo a tres vocales del entonces consejo de administración de Adif, Juan Carlos Cáceres Díez (CC.OO.), Mercedes Rodríguez Arranz (por Fomento), Félix Díaz Martínez (UGT); el 26 de mayo a Juan Ángel Mairal Lacoma, Carlos Bartolomé Marín (también vocales y además, exjefes de gabinete de cargos de Fomento). Esa misma jornada declarará Javier Hurtado Domínguez, vocal por Fomento en el consejo de administración y exdirector de gabinete de José Blanco.

El 27 de mayo están citados Carlos María Juárez Cólera, quien fue director de gabinete de Blanco en 2009 y posteriormente director general de Infraestructuras Ferroviarias de Fomento; Mercedes Caballero Fernández (también vocal del consejo de administración) y Gerardo Luis Gavilanes Ginerés (otro vocal por Fomento). Por último, el magistrado llama al expresidente de Adif Antonio González Marín el 28 de mayo a las 10,00 horas.

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