Europa insiste: precio final de los vuelos desde el inicio de la compra

Aclaración de un litigio entre Air Berlin y la asociación de consumidores de Alemania; el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, tras analizar la letra pequeña del reglamento de explotación de servicios aéreos, aboga por no atender el recurso de la aerolínea

Nueva llamada de atención contra una línea aérea –la alemana Air Berlin, en este caso– por esa desagradable sorpresa que se llevan los clientes de un vuelo cuando, al final de la compra on line, ven cómo el precio final es superior al que se indicaba al inicio del proceso de adquisición electrónica del billete.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) acaba de emitir una sentencia aclaratoria sobre la idoneidad de la presentación de las tarifas aéreas en el marco de su sistema de reserva electrónica, en relación al litigio que mantiene con la Unión Federal de Centrales y Asociaciones de Consumidores de Alemania (Bundesverband). Y viene a decir que «el precio final que deba pagarse se ha de precisar cada vez que se indiquen los precios de los servicios aéreos, incluida la primera vez que aparecen en pantalla».

Reglamento

Según el reglamento europeo sobre normas comunes para la explotación de servicios aéreos, se entiende por servicio aéreo «un vuelo o una serie de vuelos para el transporte de pasajeros, carga o correo a cambio de una remuneración o del pago de un alquiler».

La misma norma se refiere a las tarifas áreas como «los precios expresados que se deben pagar a las compañías aéreas o a sus agentes u otros vendedores de billetes por el transporte de pasajeros en los servicios aéreos y las condiciones de aplicación de dichos precios, incluidas la remuneración y las condiciones ofrecidas a la agencia y otros servicios auxiliares».

Práctica de Air Berlin

En el caso de Air Berlin, hasta la entrada en vigor de este reglamento, en 2008, su sistema de reserva estaba concebido de modo que, tras seleccionar un trayecto y una fecha, el cliente accedía a una tabla con las posibles conexiones aéreas para el día elegido, en la que figuraban las horas de salida y llegada junto a dos tarifas para cada vuelo.

Bajo la tabla, en un cuadro aparte, se indicaban los impuestos y tasas aplicables al servicio aéreo elegido, además del recargo por carburante, y se mostraba el «precio por persona» resultante de todos esos elementos, destacado con un recuadro, en el que figuraba una nota con dos asteriscos mediante la cual se hacía referencia, en relación con las condiciones aplicables, a la posibilidad de cobro de una comisión de gestión que no se incluía aún en el precio final.

Después de que el cliente introdujese en un tercer paso del proceso de reserva los datos personales necesarios, en un cuarto paso se le indicaba el precio final del viaje, incluida la comisión de gestión.

Modificación

Tras entrar en vigor el reglamento, la aerolínea germana modificó el segundo paso de su sistema de reserva. Con las horas de salida y llegada se indicaba además la tarifa del servicio aéreo elegido, así como, separadamente, los impuestos y tasas aplicables, el recargo por carburante, y la suma de todos esos importes mencionados por separado para indicar el precio final.

Al considerar que esa presentación de los precios no se ajustaba a las exigencias reglamentarias, los consumidores alemanes ejercitaron una acción contra Air Berlin exigiendo la cesación de esa práctica y el reembolso de los gastos ocasionados por ejercer la acción legal. Los tribunales dieron la razón a los consumidores y la aerolínea interpuso un recurso de casación, el que el TJUE recomienda no atender.

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