La justicia exime AENA del pago de indemnizaciones por el plante de los controladores aéreos

La sentencia atribuye la responsabilidad por entero al colectivo por “abandono sorpresivo” y "concertado" de sus puestos de trabajo

El Juzgado Central del Contencioso Administrativo nº 1 de Madrid ha eximido a Aena de cualquier responsabilidad por la huelga de los controladores aéreos que dejó en tierra miles de pasajeros durante los pasados 3 y 4 de ciciembre. A la vez desestima el recurso interpuesto por un pasajero en demanda de una compensación de 5.522,53 euros por los perjucios económicos casuados por el plante.

Los jueces han manifestado en la sentencia que “existieron circunstancias de fuerza mayor ajenas al ámbito de decisión de Aena”. Atribuye las consecuencias que tuvieron que sufrir los operadores y usuarios a la “excepcionalidad” de la situación provocada por “un abandono sorpresivo de un colectivo laboral…, decidido de forma autónoma, y por tanto imputable a sus trabajadores”. Los efectos e todo ello, recuerda, fue la «paralización total de un servicio público».

La sentencia manifiesta que hubo “un concierto entre los controladores aéreos” para ausentarse de sus puestos de trabajo.

Por último, los magistrados recuerdan que ha habido otras sentencias de otros juzgados que se han pronunciado en el mismo sentido de desestimar las indemnizaciones pretendidas por pasajeros por entender que las causas de la suspensión de la actividad aeroportuaria habían sido ajenas a las entidades encargadas de prestarlas. Es el caso -cita la sentencia- del precedente de la invasión de las pistas del Aeropuerto de El Prat, en Barcelona, a cargo de personal de Iberia.

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