Manos Limpias recusa al tribunal que decidirá su personación en el caso ADIF

Los jueces responden que son competentes para dirimir sí el sindicato puede acusar en ese sumario

La sección 9 de la audiencia provincial de Barcelona resolverá en breve el conflicto jurídico planteado por el sindicato Manos Limpias que ha recusado a los tres magistrados de la sección 10 que debían de resolver su petición de personarse como acusación en el caso Adif.

Como ya adelantó 02B, el pasado mes de junio la juez de Instrucción número 9 de Barcelona Silvia Mejías denegó la petición del sindicato para personarse en la causa que se sigue sobre los sobrecostes y comisiones generados durante la construcción de la línea del AVE, el llamado caso ADIF.

La Juez, con el apoyo de la fiscalía anticorrupción, afirma en el auto denegatorio que Manos Limpias «no dispone de legitimidad» para ejercer de acusación popular dado que trata de suplantar «el papel que constitucionalmente tiene adjudicado el ministerio Fiscal».

El abogado del sindicato, Pedro Muñoz, recurrió esta resolución y posteriormente, el día 10 de septiembre, recusó a los magistrados de la sección 10 que tenían que deliberar sobre la cuestión.

Los jueces pro consulta, «están contaminados»

Según el informe de recusación, Manos Limpias considera que los jueces de la sección 10 Santiago Vidal, Carmen Sánchez Albornoz y Monserrat Comas no serán objetivos en su veredicto porque han sido denunciados, con anterioridad, por dicho sindicato.

Los tres magistrados forman parte del grupo de jueces que firmaron un manifiesto de apoyo al proceso «pro-consulta», manifiesto que Manos Sucias denunció ante el Consejo General del Poder Judicial.

Fiscal y magistrados, unidos

El fiscal anticorrupción, Emilio Sánchez Ullet, remitió el pasado día 13 de octubre a la audiencia un informe en el que consideraba competentes a los tres magistrados para deliberar sobre la personación o no de Manos Limpias en el caso ADIF. Dice Ullet que «en el presente caso no concurren los motivos de recusación que precisa la ley» ya que la eventual parcialidad de un juez tiene que venir motivada por «cuestiones jurisdiccionales» no por el apoyo a manifiestos políticos. Este es, justamente, el principal argumento jurídico que esgrimen los tres jueces recusados para responder que son legalmente competentes para dirimir la cuestión de competencia planteada y que sus argumentos técnicos y jurídicos «no están en absoluto contaminados», por su apoyo al manifiesto pro consulta.

Precedente jurídico

Ahora será la sección 9, sala suplente de la sección 10, la que le toca resolver esta cuestión competencial.

Una vez despejado ese contencioso, y sea cual sea la sala que finalmente resuelva la personación de Manos Limpias en Adif, se espera con interés esta resolución ya que en caso de apoyo los criterios de la juez Mejias, sería la primera vez que la audiencia de Barcelona impide al sindicato Manos Limpias su personación en una causa de corrupción.

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